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Análisis

¿Preferencia total del depositante, un paso hacia el SEGD?

Dar preferencia a los depositantes en caso de insolvencia y armonizar los sistemas nacionales de garantía de depósitos son algunas de las medidas propuestas para mejorar el proceso de gestión de los bancos en quiebra. También se acercan a los objetivos del Sistema Europeo de Garantía de Depósitos (SEGD).

Sin embargo, queda por ver si la armonización de los sistemas nacionales de garantía de depósitos (SGD) será suficiente, o si la mutualización a escala de la UE a través del SEGD, el tercer pilar que falta en la Unión Bancaria, será políticamente aceptable en todos los Estados miembros. Al mismo tiempo, la rapidez con que se retiraron los depósitos durante las tensiones del mercado de marzo de 2023 debería haber alentado nuevos debates sobre las ventajas del SEGD.

Otras iniciativas para mejorar el proceso de gestión de bancos en quiebra, todas ellas propuestas como modificaciones del marco de Gestión de Crisis y Seguro de Depósitos (CMDI), son:

  • Medidas de intervención temprana para impedir que la situación de un banco se deteriore.
  • Ampliación de la evaluación del interés público para tener en cuenta los problemas a nivel regional y no sólo nacional, como ocurre actualmente.
  • Aumentar el umbral para determinar que la resolución no es de interés público, de modo que la insolvencia sea la opción preferida sólo si logra los objetivos de resolución con mayor eficacia y no sólo en la misma medida que la resolución.

Si se aprueban estas iniciativas, es probable que un mayor número de bancos pequeños y medianos estén sujetos a estrategias de resolución y, por tanto, a requisitos de planificación de la misma y requerimientos mínimos de fondos propios y pasivos elegibles (MREL). Estos cambios reforzarían la tendencia de que cada vez más bancos de la UE estén sujetos a procedimientos de resolución. En el año transcurrido hasta mayo de 2024, el número de bancos con resoluciones MREL externas aumentó de 309 a 352, según la ABE, debido a que los bancos pequeños pasaron de la liquidación a las estrategias de resolución.

Otorgar a los depósitos una preferencia general en caso de insolvencia, subordinando así la deuda sénior, armonizaría la clasificación de los depósitos en toda la UE. En la actualidad, sólo nueve Estados miembros tienen preferencia total sobre los depósitos: Bulgaria, Croacia, Chipre, Grecia, Hungría, Italia, Polonia, Portugal y Eslovenia.

La separación clara entre la deuda sénior y los depósitos en la jerarquía de acreedores también facilitaría que los acreedores senior absorbieran pérdidas. En consecuencia, los bancos podrían no necesitar el mismo nivel de MREL subordinado. En algunos países con plena preferencia de los depositantes, como Grecia y Portugal, los bancos no están sujetos a objetivos de MREL subordinado. En términos más generales, este cambio llevaría a los bancos a evaluar sus estructuras de pasivo y perfiles de financiación, a la luz de los costes de financiación y, potencialmente, de consideraciones de calificación crediticia.

Contrariamente a la propuesta de la Comisión Europea de reducir los tres niveles de preferencia de los depositantes a un único nivel, tanto el Parlamento como el Consejo apoyan la existencia de varios niveles de preferencia de los depositantes. El Consejo Europeo apoya un enfoque de dos niveles y ha propuesto que los SGD y los depósitos cubiertos tengan un estatus de «superpreferencia» en la jerarquía de acreedores.

La propuesta del Parlamento Europeo sobre la preferencia general de los depositantes contiene cuatro niveles, con los depósitos cubiertos y los depósitos descubiertos de particulares y pequeñas y medianas empresas por encima de los de grandes empresas y autoridades públicas.

Gráfico 1: Preferencia de los depositantes


Fuente: Comisión Europea, Parlamento, Consejo, Scope Ratings

El apartado 1 del artículo 108 de la Directiva sobre reestructuración y resolución bancarias establece tres niveles de prioridad de los depósitos en caso de insolvencia. Los fondos del SGD y los depósitos cubiertos tienen el mismo y más alto rango de prioridad. Los depósitos admisibles pero no cubiertos (de particulares y microempresas y pequeñas y medianas empresas que superan el nivel de cobertura) tienen el segundo rango de antigüedad más alto. Por último, la clasificación de otros depósitos (depósitos de empresas no cubiertos y depósitos excluidos de empresas financieras y otras autoridades) la determinan los Estados miembros.

La Comisión, el Parlamento y el Consejo están debatiendo actualmente las enmiendas en un diálogo a tres bandas. Dado el funcionamiento del proceso legislativo, la fecha más temprana para la aplicación de nuevas normas a este respecto sería 2026.

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